A pesar del espectáculo que protagonizaron Susana Riestra, Rafael Micalco, Marcos Castro, Celia Bonaga y Luana Amador, al salirse de la elección del Auditor del Estado, argumentando que se estaban violando sus derechos electorales, hoy durante la sesión del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), se declaró no procedente su queja por la omisión de asuntos generales.
Al exponer la propuesta de resolución relativa a diversos asuntos de la ciudadanía presentados para controvertir presuntas omisiones por parte del Congreso del Estado.La controversia principal radicó en la omisión de incluir el punto de “asuntos generales” en el orden del día de las sesiones legislativas, lo cual, según la parte actora, vulnera su derecho al ejercicio del cargo. Sin embargo, pese a los argumentos presentados, la ponencia del Tribunal calificó los agravios como fundados pero inoperantes.
Los puntos clave de esta determinación son:
Falta de especificidad: Se señaló que la parte actora no detalló qué iniciativa o propuesta pretendía presentar durante dicho espacio, lo que impidió demostrar una afectación real y directa a sus funciones.
Existencia de alternativas: El tribunal consideró que el punto de “asuntos generales” no es la única vía legal o legislativa para que los diputados ejerzan sus atribuciones.
Por lo tanto exhortó a la Mesa Directiva del Congreso para cumplir con los efectos precisados en el fallo, buscando garantizar el orden y la legalidad en el desarrollo de las sesiones parlamentarias.
Se señaló en su momento que la bancada blanquiazul no tenía bases para acusar al Presidente Pável Gaspar de bloquearlos en el pleno, hoy la ley lo demuestra.



