– En sesión ordinaria, aprueban reformas a la Constitución local en materia judicial
– Avalan reformas a la Constitución Federal en materia de nepotismo electoral, asà como otorgar rango constitucional al maÃz como alimento básico
Los y las diputadas de la LXII Legislatura del Congreso del Estado aprobaron el dictamen para reformar y adicionar diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, con la finalidad de establecer la figura de Diputado Migrante.
El dictamen establece que los partidos polÃticos deberán intercalar el género de la Diputación Migrante en cada proceso electoral, asà como garantizar la postulación de la o el Diputado Migrante, dentro de los primeros cinco lugares de la lista plurinominal.
Asimismo, señala los requisitos especiales para ser Diputada o Diputado Migrante, asà como los documentos para acreditarlos.
Durante la sesión pública ordinaria, el Pleno del Congreso avaló el dictamen para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución PolÃtica del Estado de Puebla, en materia judicial, bienestar, medio ambiente, seguridad y promoción a la ciencia y tecnologÃa.
En cuanto a las reformas en materia judicial, se establece la separación del Tribunal de Justicia Administrativa del Poder Judicial, para ser un organismo autónomo; la elección de magistradas y magistrados jueces y juezas a través del voto popular el mismo dÃa de las elecciones federales ordinarias.
Asà como la creación del Tribunal de Disciplina Judicial, electo por el voto, y el Órgano de Administración Judicial, electo por los tres poderes del Estado.
Las reformas también establecen que la elección de integrantes del Poder Judicial se llevará a cabo el primer domingo de junio de 2027. De igual manera, prohÃbe la creación de fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos no previstos en la Ley; asimismo, las reformas establecen que magistradas y magistrados, jueces y juezas durarán en su cargo nueve años, pudiendo ser reelectos.
Asimismo, el dictamen incorpora:
La organización, bienestar y desarrollo de la familia; la promoción y proporción del derecho a un medio ambiente sano y adecuado, asà como la protección de los animales y el garantizar su bienestar, además de un trato digno, libre de crueldad y maltrato.
También reconoce y promueve la ciencia y la tecnologÃa, y garantiza el derecho a los cuidados de forma universal, igualitaria y sin discriminación; también establece que comprende a la SecretarÃa de Seguridad Pública del Estado y a las policÃas la investigación de los delitos bajo el mando y conducción del Ministerio Público.
En más del orden del dÃa, el Congreso del Estado avaló el dictamen para reformar y adicionar los artÃculos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de no reelección y nepotismo electoral.
El propósito es prohibir que las personas que, en los tres años previos a una elección, hayan tenido vÃnculos de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco por consanguinidad o civil en lÃnea recta sin lÃmite de grado, y en lÃnea colateral hasta el cuarto grado, o de afinidad hasta el segundo grado, con quien ocupe el cargo en disputa, se postulen para diputaciones, la Presidencia de la República, gubernaturas o cargos municipales.
Finalmente, se aprobó el dictamen para reformar y adicionar diversas disposiciones de los artÃculos 4o. y 27 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de conservación y protección de los maÃces nativos, que tiene como finalidad, otorgar rango constitucional al maÃz como alimento básico, sustancial, libre de modificaciones genéticas e identitario de las y los mexicanos.





